Instituto Municipal de Planeación Urbana y Convivencia de Monterrey
Artículo 14.
Además de lo señalado en el artículo 10, las Administraciones Públicas Municipales deberán hacer pública en su portal de Internet la siguiente información:
X. Sobre el ejercicio del presupuesto deberá publicarse el calendario trimestral sobre la ejecución de las aportaciones federales y estatales, identificando el programa para el cual se destinaron y, en su caso, el monto del gasto asignado por el propio municipio;
Responsable: Instituto Municipal de Planeación Urbana y Convivencia de Monterrey
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