Instituto Municipal de Planeación Urbana y Convivencia de Monterrey
Artículo 14.
Además de lo señalado en el artículo 10, las Administraciones Públicas Municipales deberán hacer pública en su portal de Internet la siguiente información:
IV. Empréstitos, deudas contraídas, así como una relación de bienes enajenados;
Responsable: Instituto Municipal de Planeación Urbana y Convivencia de Monterrey
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- NO EXTISTE DEUDA POR DICHOS RUBROS