Instituto Municipal de Planeación Urbana y Convivencia de Monterrey
Artículo 10.
Los sujetos obligados deberán difundir en Internet la siguiente información:
XX. Toda la información relativa a los recursos entregados a personas físicas y morales privadas, así como aquélla relativa al destino que se les dio a esos recursos.
Responsable: Instituto Municipal de Planeación Urbana y Convivencia de Monterrey
Ultima Actualización
NO APLICA. No se genera este tipo de información al no encontrarse dentro de las atribuciones del IMPLAN, otorgar recursos a personas físicas o morales privadas, establecidas en el Reglamento Orgánico del Instituto Municipal de Planeación Urbana y Convivencia de Monterrey, Nuevo León.